Si eres nacional de un país miembro de la Unión Europea y piensas residir por más de 3 meses en España, debes obtener el «Certificado de Registro» de ciudadano comunitario.
¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE REGISTRO COMO RESIDENTE COMUNITARIO?
Es un documento que únicamente acredita la residencia del ciudadano comunitario en España, pero no identifica al titular ni acredita su nacionalidad. La titularidad y la nacionalidad solo pueden ser acreditados a través de la documentación identificativa de su país de origen, es decir, documento nacional de identidad o pasaporte en vigor.
El certificado de inscripción contiene los datos personales del interesado, su nacionalidad, el domicilio, número de NIE y fecha de expedición, y no tiene caducidad.
REQUISITOS PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE REGISTRO COMUNITARIO
Para conseguir este certificado de registro es necesario acreditar que se cumple alguna de estas condiciones:
- Ser trabajador por cuenta ajena en España, o
- Ser trabajador por cuenta propia en España, o
- Disponer de recursos económicos suficientes, para sí mismo y para los miembros de su familia, de modo que no se convierta en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. Por esta misma razón deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado. (Para el año 2020 el mínimo son 5.538,40 € anuales o 395,6€ al mes).
- Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione una cobertura completa en España y declaración responsable de que se posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia, para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
- Ser nacional de un Estado miembro, familiar que acompaña o se reúne con un ciudadano de la Unión, que cumple alguna de las condiciones anteriores.
DOCUMENTACIÓN PARA CONSEGUIR EL CERTIFICADO DE REGISTRO
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el ciudadano de la Unión.
- Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Dependiendo del supuesto, la documentación que se indica a continuación:
- a) Si es trabajador por cuenta ajena podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
- Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
- Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo (sepe), o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- b) Si es trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
- Inscripción en el Censo de Actividades Económicas.
- Inscripción en el Registro Mercantil.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
- c) Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:
- Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España
durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el sistema nacional de salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer de asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión. - Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para él y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria de la cantidad disponible.
- Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España
- d) Si es estudiante se deberá aportar:
- Matrícula del centro de enseñanza público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
- Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias.
- Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.
- Se considerará suficiente para el cumplimiento de estos requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
- e) Si es familiar de ciudadano de la Unión se deberá aportar:
- Documentación acreditativa actualizada y, en su caso, legalizada del vínculo familiar con el ciudadano de la Unión.
- Documentación acreditativa de la dependencia económica.
- Documentación que acredite que el familiar que le da el derecho es o trabajador por cuenta ajena o propia, o que tiene medios de vida suficientes y seguro de enfermedad, o que es estudiante, tiene medios suficientes para sí y para los miembros de su familia y seguro de enfermedad.
- a) Si es trabajador por cuenta ajena podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
NOTAS ADICIONALES SOBRE EL PROCEDIMIENTO
La tasa para solicitar el certificado de registro como ciudadano comunitario actualmente es de 10,71€ (en 2020. Puede variar con el tiempo).
Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
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