Ingreso Minimo Vital, también para extranjeros en España

¿Tienes derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital siendo extranjero en España?

Sigue leyendo para descubrirlo.

España ha establecido una ayuda denominada Ingreso Mínimo Vital (IMV) que pretende ser la última red de protección para las familias más vulnerables. Se trata de una ayuda económica compatible con otras prestaciones o ingresos, lo que significa que quienes cumplan las condiciones recibirán la diferencia entre los que cobran y el umbral mínimo establecido.

UMBRAL MÍNIMO VITAL SEGÚN SITUACIÓN

El IMV asigna a cada tipo de hogar un umbral personalizado mínimo de renta mensual que es el que se va a garantizar. Ese umbral varía entre los 462 y los 1.015 euros al mes en función del número de personas que convivan como beneficiarios y de sus características.

En la siguiente tabla puedes ver los ingresos mínimos garantizados según la cantidad de personas que formen la unidad familiar. Es decir, la ayuda es para las familias y no para cada persona (salvo el caso de alguien que viva solo):

Unidad de convivenciaAnualMensual
Un adulto solo5.538,00 €461,50 €
Un adulto y un menor8.417,76 €701,48 €
Un adulto y dos menores10.079,16 €839,93 €
Un adulto y tres o más menores11.740,56 €978,38 €
Dos adultos7.199,40 €599,95 €
Dos adultos y un menor8.860,80 €738,40 €
Dos adultos y dos menores10.522,20 €876,85 €
Dos adultos y tres o más menores12.183,60 €1.015,30 €
Tres adultos8.860,80 €738,40 €
Tres adultos y un menor10.522,20 €876,85 €
Tres adultos y dos o más niños12.183,60 €1.015,30 €
Cuatro adultos10.522,20 €876,85 €
Cuatro adultos y un niño12.183,60 €1.015,30 €
Unidades mayores de convivencia12.183,60 €1.015,30 €

Observamos que el umbral mínimo es de 462 euros para una persona que vive sola. Y esa cifra sube 139 más por cada persona adicional que forme parte de la unidad de convivencia, menor o adulta. Además, en caso de familias monoparentales, se suman 100 euros más. Eso sí, al final del cálculo el tope máximo es de 1.015 euros.

¿QUÉ REQUISITOS SE NECESITAN PARA COBRAR EL IMV?

Para poder optar a esta ayuda tienes que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Cumplir las condiciones de vulnerabilidad económica que se establecen, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.
  2. Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho, en los términos que se fijen reglamentariamente. Quedan exceptuados los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  3. Tener más de 23 años (salvo que tenga algún menor a su cargo) y menos de 65.
  4. Residencia continuada e ininterrumpida en España durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud y residencia legal en nuestro país en el caso de ciudadanos extranjeros.
  5. Que la unidad de convivencia este formada desde hace un año.
  6. Para los solicitantes que viven solos, no integrados en una unidad de convivencia, se exige haber vivido durante al menos los tres años previos a la solicitud de forma independiente de los progenitores.

Para el caso concreto de los extranjeros en España, es necesario tener residencia legal y haber residido en España de forma continuada durante al menos un año.

Es necesario que cualquier miembro de la unidad familiar que esté desempleado se haya apuntado previamente en el paro como solicitante de empleo.

¿CÓMO SE SOLICITA EL INGRESO MÍNIMO VILTAL?

El IMV se podrá solicitar a partir del 15 de junio 2020. Al tratarse de una ayuda dependiente de la Seguridad Social, se solicita al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como el resto de prestaciones. Eso sí, la solicitud tendrá que ser obligatoriamente de forma telemática (por internet) mediante un certificado digital.

Si no se dispone de certificado digital o de conocimientos para usarlo, se puede presentar la solicitud mediante representante.

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