Cuando un extranjero se casa con un español surge una pregunta muy habitual ¿puedo conseguir la nacionalidad española automáticamente?
La respuesta directa y clara es: NO.
Actualmente no existe la posibilidad de obtener la nacionalidad por matrimonio. Pero no sufras, que tiene sus matices.
Aunque no puedas obtener la nacionalidad de forma automática, si contraes matrimonio con un español podrás agilizar considerablemente la obtención de la ciudadanía.
CONSEGUIR NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR MATRIMONIO PASO A PASO
Nuestro ordenamiento jurídico contempla una vía general para la obtención de la nacionalidad y es por motivo de residencia legal y continuada. Esto significa que puede optarse a la nacionalidad después de haber cumplido una serie de años residiendo en España.
Por regla general, el plazo es de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
No obstante, este plazo se verá reducido en función de algunas circunstancias. Por ejemplo, se reduce a cinco años si el extranjero tiene reconocida la condición de refugiado.
En el caso de los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o sefardíes, pueden solicitar la nacionalidad española en el momento de cumplir dos años de residencia legal y continuada en España.
REDUCCIÓN DE PLAZO DE RESIDENCIA POR CÓNYUGE ESPAÑOL
El beneficio que obtiene un extranjero que está casado con un español, es que el plazo de residencia legal y continuada en España que debe demostrar, se reduce a solo un año sin importar los plazos generales que se aplican en función del país de origen.
Se cuenta el tiempo desde que has obtenido la residencia legal y no la de matrimonio. Es decir, puedes llevar mucho más tiempo casado/da con el ciudadano español. Lo importante (el requisito que se mirará) es que hayáis convivido durante un año como mínimo en territorio español de forma conjunta.
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA NACIONALIDAD POR MATRIMONIO
La documentación que deberás aportar para la solicitud de nacionalidad por residencia con el plazo reducido de un año por matrimonio, es exactamente la misma que para los casos generales. Es decir:
- Tarjeta de Identidad de extranjero (NIE).
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen
- Certificación de nacimiento legalizado, traducido y/o apostillado
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen legalizado, traducido y/o aspostillado
- Diploma del Instituto Cervantes con prueba CCSE aprobada y DELE A2 (solo si en su país el español no es el idioma oficial).
- Justificante del pago de la tasa Modelo 790 código 26 (102€).
DOCUMENTOS ADICIONALES
- Certificado de Empadronamiento colectivo.
- Certificado literal de nacimiento del cónyuge español.
- Certificado literal de matrimonio (Hay que tener en cuenta que si el matrimonio se registró fuera del país, deberá ser registrado en España antes de iniciar el procedimiento).
Obtener la nacionalidad española tiene muchas ventajas. Si quieres iniciar tu solicitud de nacionalidad por residencia, contáctanos independientemente de la provincia en la que te encuentres. Tramitamos para toda España.
1 comentario en «Nacionalidad española por matrimonio ¿es posible?»