Antecedentes Penales para Nacionalidad

Uno de los documentos que son obligatorios presentar con la solicitud de la nacionalidad española por residencia, es el certificado de antecedentes penales del país de origen en vigor.

En este artículo te contamos los requisitos que debe cumplir este documento para que sea aceptado a efectos de nacionalidad:

  • Si el país de origen no indica en el documento la fecha de caducidad, la Dirección General de los Registros y el Notariado le dará una validez de seis meses (solo en esos casos).
  • Debe estar convenientemente traducido y legalizado según los Convenios Internacionales
  • En el caso de nacionales de un estado miembro de la UE se puede sustituir por el Certificado del Registro Central de Penados español siempre que conste expresamente que se ha consultado los antecedentes con el país de origen. Repetimos: es muy importante remarcar que “solo” es válido si en dicho certificado consta de manera fehaciente y tácita que se ha consultado la no tenencia de antecedentes penales con el país de la Unión Europea de donde es nacional el solicitante.
  • Caducidad de los penales: todos los documentos deberán estar en vigor en el momento de la solicitud. Para determinar la validez se atenderá al plazo de vigencia que conste en el propio documento. Si no consta plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de seis meses a contar desde su expedición (Anexo 4 de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia). La validez comienza a contar desde la fecha de expedición del documento y NO desde la fecha de legalización (cadena de legalizaciones o Apostilla).
  • Si en el documento figura que la fecha de caducidad es de 3 meses se tomará como referencia la que dice el documento.
  • Si en el documento se explicita un mes para la caducidad, se tomará un mes. Si figura un año de validez se dará por válido sólo 6 meses. Y si en el documento NO figura fecha de caducidad, también se dará por válido 6 meses. En muchas oficinas de extranjeros, cuando se realiza un determinado procedimiento de extranjería, nos dan por válidos los penales durante seis meses o incluso un año para el caso de ciudadanos de Pakistán. Pero hay que tener en cuenta que una cosa son los criterios de Extranjería y otro, los criterios de la DGRN a efectos de nacionalidad.
  • Por lo general, los antecedentes penales han de pedirse al país de origen. Pero en el caso de que el ciudadano haya residido en otro/s país/es durante los últimos 5 años anteriores a su estancia en España, deberá solicitar los antecedentes penales de dichos países.
  • En los llamados Estados Federales (Alemania, Argentina, Australia, Brasil, Estados Unidos, India, México, Rusia y Venezuela) es necesario que el certificado de antecedentes penales sea de todo el país, no solo de un Estado federado concreto. En el caso de que no se expida un certificado único para todo el Estado Federal, deberán adjuntarse los certificados correspondientes a los Estados Federados en los que el peticionario haya residido durante los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud (Anexo 5 de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia).

1 comentario en «Antecedentes Penales para Nacionalidad»

  1. Si un ciudadano mexicano llegó a vivir a España a la edad de 16 años, curso el bachillerato en españa y a los 20 años quiere solicitar la nacionalidad, que antecedentes penales debe presentar si en México era menor de edad

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